Qué hacemos en cuanto a Saneamiento y Depuración

Qué hacemos en cuanto a Saneamiento y Depuración

Qué hacemos en cuanto a Saneamiento y Depuración

El vertido directo de las aguas residuales urbanas es una de las principales fuentes de contaminación de las aguas y degradación de los ecosistemas, por eso es tan importante llevar a cabo un correcto saneamiento de estas. Las aguas residuales urbanas son recogidas por la red de saneamiento municipal y llegan a las estaciones depuradoras de aguas residuales (EDAR). Allí son tratadas para reducir la carga contaminante y devolverlas al medio o ser reutilizadas en las mejores condiciones posibles. La normativa aplicable en esta materia es la siguiente:

  1. Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas.
  2. Real Decreto Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el cual se establecen las normas aplicables en el tratamiento de las aguas residuales urbanas.
  3. Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el cual se establecen las normas aplicables en el tratamiento de las aguas residuales urbanas.
  4. Real Decreto 2116/1998, de 2 de octubre, por el cual se modifica el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el cual se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas.
  5. Plan Hidrológico de las Islas Baleares.

Según la Ley de Bases de Régimen Local, los ayuntamientos son la administración competente en materia de conducción y tratamiento de aguas residuales. El Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares también establece que la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares tiene competencias en obras hidráulicas para dotar de infraestructuras adecuadas de saneamiento de las aguas residuales a los núcleos que no tengan, así como ampliar o mejorar las ya existentes.

Con cuyo objeto se creó la empresa pública IBASAN (actualmente Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental), que asume la gestión de las EDAR con el encargo material previo de estas actuaciones por parte de los municipios mediante el convenio de colaboración correspondiente. De este modo la Agencia Balear del Agua asume la función de promover, construir y explotar las EDAR y el ayuntamiento conserva las competencias municipales sobre la red de alcantarillado.

Mediante los convenios de colaboración con los municipios, la Agencia Balear del Agua gestiona la mayoría de EDAR de los municipios de las islas de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera. Las principales competencias de la Agencia Balear del Agua en materia de saneamiento y depuración son:

  • La planificación, redacción de proyectos y la construcción de obras e instalaciones de saneamiento y depuración de aguas residuales, incluidas las relativas a la conducción de las mismas hasta su lugar de depuración y a su punto de derrame.
  • La gestión, conservación, explotación y mantenimiento de las infraestructuras, obras, conducciones, instalaciones y actuaciones previstas de saneamiento y depuración.
  • El estudio, investigación, redacción, propuesta de aprobación y realización de planes, programas y actuaciones relativas al saneamiento y depuración de las aguas residuales y, en general, de cualquier acción en materia hidrológica o que esté vinculada con la consecución del buen estado de las masas de aguas o con la gestión sostenible del recurso hídrico.
  • La colaboración con el Servicio de Costas y Litoral de la Conselleria de Medio Ambiente y Territorio y el resto de las administraciones públicas competentes, en el control efectivo y la vigilancia de los vertidos de aguas residuales a los colectores generales, estaciones depuradoras y demás infraestructuras o instalaciones que hayan sido encomendadas o gestión de la cual corresponda a la Agencia, en las redes de alcantarillado o a cualquier otra infraestructura hidráulica, en los casos en que estos vertidos puedan afectar el normal funcionamiento de los mencionados sistemas de depuración.